Entrada destacada

La poesía romántica. 2.0

lunes, 2 de enero de 2017

Por qué la proposición subordinada de circunstancial de finalidad y causa van dentro de una sustantiva

Casi no sé por dónde empezar cuando me pongo a hablar de estas cosas.

Yo siempre he considerado que las que enseñaba como proposiciones subordinadas adverbiales circunstanciales de finalidad y de causa eran, en algunos casos, sustantivas de término de esos circunstanciales. Con los compañeros hemos tenido algunas diatribas y ahora voy a exponer el por qué.

Sí en la Biblia dice que al principio estaba el verbo, yo iré a la RAE a ver qué dice sobre el caso. Pues bien, en su capítulo 46.1b asegura que "los conceptos tradicionales se suelen considerar problemáticos porque la estructura sintáctica (porque, para qué) es característicos de los grupos preposicionales". Pues bien, ahí estamos.

En el punto 46.2a, lo desarrolla explícitamente: Si se atiende a lo estrictamente formal se comprueba que las coincidencias son numerosas y que ambas están dentro de un grupo preposicional y, por lo tanto, se pueden sustituir por un pronombre o por un grupo nominal.

Recordamos que una proposición subordinada sustantiva es aquella que está en lugar de un sintagma nominal. Podríamos decir que es una estructura superior a la de este sintagma pero con sus mismas funciones dentro de una oración. Si tenemos un SN que cumple la función de sujeto, podremos tener una proposición subordinada sustantiva que cumpla esa misma función.

Una de las pruebas más utilizadas para saber que estamos ante una proposición subordinada sustantiva es reducirla hasta un sintagma nominal básico (es decir el que se compone de solo núcleo) o un pronombre (ya que el pronombre tiene las funciones de un sustantivo) 

Me apetece mucho ir al colegio de los  mayores.
Me apetece mucho eso.

En el primer caso tenemos una proposición subordinada sustantiva de sujeto y en el segundo caso tenemos un pronombre que funciona como sujeto de la oración. Así que haciendo eso estamos seguros de que no lo vamos a hacer mal.

Existen proposiciones subordinadas sustantivas introducidas por un verbo en infinitivo, o por una conjunción:
Es bonito conducir un coche antiguo.
Pepe dijo que sería interesante viajar en tren

En el caso de la primera, una proposición subordinada sustantiva de sujeto, la proposición empieza en el verbo "conducir". Suele utilizar este tipo de oraciones cuando el sujeto es el de la oración principal o es impersonal. Si la proposición subordinada tuviera un sujeto independiente sería así:

Es  bonito que Juan conduzca un coche antiguo.

En esta oración, la conjunción es la que establece dónde empieza la subordinada y se ha dicho desde siempre que hacen función de nexo entre la principal y la secundaria.

Existen también proposiciones subordinadas introducidas por una preposición. Hace unos años los profesores de español para extranjeros y los de Lengua castellana y literatura en colegios españoles nombrábamos el tipo de proposición teniendo en cuenta lo siguiente.
Juan pensó en que tendría que hacer transbordo en Lisboa

En este caso se decía que había una proposición subordinada sustantiva de complemento de régimen y entendíamos que "en" formaba una estructura conjuntiva con "que". Se entendía que por aproximación había un CR en forma de proposición.

Últimamente se ha avanzado en la consideración del sintagma preposicional. Para Lázaro Carreter este era una  preposición seguida de SN. Pero no decía nada de que la preposición pudiera ir con S. Adj y con S. Adver.  Por supuesto que no entraba en el concepto de que detrás de la preposición pudiera ir una proposición subordinada.

Si una proposición puede introducir un SN, puede hacerlo con el resto de los sintagmas y, como no, con la proposición. Así tendremos que el caso anterior no será formado por una proposición subordinada de complemento de régimen sino que tenemos un Sintagma preposicional complemento de régimen. Lo mismo en

Estoy harto de que me ignores constantemente
                                                                     Nx.            Sv. PV
                                                                E.  Prp. subordin. sustantiva de término
                                                     Núcleo.      S. Prep. C. del Adjetivo
                                                                 S. Adj. Atributo

Así queda todo el sintagma subrayado. Se trata de un sintagma adjetival que funciona como atributo que tiene un núcleo y un sintagma preposicional (formado por una preposición (Enlace) y una proposición subordinada sustantiva de Término de ese complemento)).

Así aparecía en los libros una cantidad de subordinadas sustantivas de término cuando antes había de CR, de CC, etc.

Lo que parecía tan moderno, no es ni más ni menos que una vuelta a la gramática generativa que se estudiaba en los años 70. Frente a la que se estudió en los 80 y 90, que era más una mezcla entre estructural y tradicional.

En el libro NORMA de la editorial Santillana de 7º de EGB (el equivalente a 1º ESO de hoy), ya se hablaba de que había oraciones subordinadas de término solo que aquí se especificaba si era de CD, CR, o C Adjetivo, por ejemplo.
Esperamos a cuantos vengan

Este ejemplo tomado del libro es un complemento directo (en este libro no aparece el concepto sintagma como lo hacemos hoy) y dentro de él hay un enlace (a) y un Término de  CD (en forma de proposición subordinada sustantiva). En este libro se denominaba al CD Objeto directo. 

Viaja por donde quiere

Es un circunstancial que también tiene un Enlace (por) y un Término del circunstancial en forma de proposición subordinada sustantiva.

Y ya estamos donde quería. En los casos anteriores sabemos que son proposiciones subordinadas sustantivas porque puede ser sustituidas por un sintagma nominal básico o por un pronombre. 
Estoy harto de ti
Esperamos a esos
Viaja por París

La mayor parte de los libros de ahora siguen esta tendencia pero cuando llegan a las antiguas subordinadas adverbiales se lían.

En los últimos años del siglo XX y primeros del XXI se ha venido diciendo que:

He comprado un libro para que mi hijo estudie 

Es una proposición subordinada adverbial final. Para ello se habían inventado los gramáticos que existen dos tipos de subordinadas adverbiales:

1. las propias. Las verdaderamente circunstanciales (Lugar, tiempo, modo, cantidad)
2. las impropias. Las otras.

Alarcos en el capítulo XXXII, llamado Adverbiales propias en el párrafo 424 habla de adverbiales impropias. En el párrafo 437 dice que son "Estructuras oracionales degradadas que funcionan como adyacentes circunstanciales y se refieren al propósito o a la intención con que se produce la noción asignada por el núcleo verbal". 

Lo cierto es que si hay unas adverbiales que son impropias (es decir, que no lo son de verdad) a lo mejor no hay que llamarlas adverbiales. Veamos lo que decía el Norma de 7º al respecto.

Es verdad que hacía una diferenciación entre un primer tipo de adverbiales y un segundo tipo.

1. El primero modifican  a una palabra como un verbo
2. El segundo modifican a un sintagma base, es decir una proposición a la que algunos han llamado principal. Un ejemplo de esto era:

No se comprará la chaqueta, aunque su madre se empeñe.

Lo subrayado es el sintagma base al que modifica toda  la oración. Las subcategorias son :

condicionales, concesivas, consecutivas y causales.

Pero en ningún lugar estaba las finales. ¿Por qué?

1. Porque lo queramos o no, van introducidas por una preposición. Y eso no es una conjunción, es decir, la preposición une sintagmas frente a la conjunción que une proposiciones.

2. Porque en una estructura básica la función de circunstancial de finalidad es un sintagma preposicional y los sintagmas preposicionales están dentro de la categoría de las oraciones sustantivas.

Pepe compró un libro para el estudio.

3. Porque si hacemos la prueba anterior todo puede quedar reducido a un sustantivo o a  un pronombre. 
He comprado un libro para eso


4. Porque de ninguna manera está en el lugar de un adverbio. Una proposición subordinada adverbial de lugar o de tiempo o de modo o de cantidad, sí se puede sustituir por un adverbio que expresa esa idea.

5. Porque lo que verdaderamente está en el plano sintáctico del nombre "circunstancial de modo" es la palabra "circunstancia" la otra palabra "modo" designa un concepto semántico,  de significado.

La RAE no se calienta la cabeza ante este caso. Primero dice lo que ya hemos visto y luego en el punto 46.2 b y c señala que es adecuada la segmentación "para", como conjunción,  más la proposición subordinada sustantiva  pero también vale "para que" más una proposición subordinada adverbial. Es decir, que no nos equivocamos de cualquier manera.

Este caso lo podemos aplicar a las causales.

Entonces debemos ir a Gómez Torrego a ver si nos aclara algo. en el punto 33. 18.1 señala que no se entienden como adverbiales porque no se pueden sustituir por un adverbio, aunque dice que otros gramáticos sí lo consideran. Él las introduce en el campo de las subordinadas sustantivas y que funcionan.

En el punto 3.3 16. 1 "Características de las oraciones subordinadas causales" habla de que hay dos tipos de oraciones causales:

1. las causales del enunciado, que son las que equivalen a un sintagma preposicional.En definitiva porque tienen las características que hemos comentado anteriormente.


2, las causales de la enunciación.

Ha llovido, porque el suelo está húmedo.

Equivale a "es evidente".

Así que para él hay dos tipos de causales, aquellas que son sustantivas y las que no son sustantivas según pertenezcan al primer o segundo grupo. Y eso era lo que proponía el libro de texto de Santillana en los 70.

Parece que esto es más lógico. No podemos meter todos los tipos de subordinadas en el mismo saco, por mor de ser más fácil para los alumnos o para nosotros. Así, muchas de las finales son en realidad sustantivas de término del Cc de finalidad y las las causales del enunciado son sustantivas de término del Cc de causa. 

Las causales de la enunciación, que modifican a todo el sintagma sí se podrían llamar causales en un sentido más propio.



Bibliografía.

ALARCOS LLORACH, Emilio. Gramática de la Lengua Española. Madrid Espasa-Calpe 1999
RAE. Nueva Gramática de la Lengua Española. Sintaxis II. Madrid, Espasa Calpe 2009
GÓMEZ TORREGO, Gramática didáctica del español. Madrid, SM, 1997



Licencia de Creative Commons
Este obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional.

No hay comentarios:

Publicar un comentario